En la sesión del día 28 de diciembre se e ligió al diputado Alberto Guerrero presi dente de la diputación Permanente. |
Diputado Alberto Natanael Guerrero López preside la Diputación Permanente
Hermosillo, Sonora, diciembre 29 de 2010.- La creación de la Secretaría del Trabajo, el lema “2011: Año de Eusebio Francisco Kino” para que sea colocado en toda la correspondencia oficial que generen los tres poderes del estado y los 72 ayuntamientos de Sonora, aprobó este martes por unanimidad el Pleno del Congreso del Estado.
En la misma sesión se nombró además la mesa directiva para la Diputación Permanente que funcionará desde esta fecha y hasta al 31 de marzo de 2011 y que estará integrada por el Dip. Alberto Natanael Guerrero López como presidente, y los diputados Héctor Moisés laguna Torres como vicepresidente; Carlos Heberto Rodríguez Freaner como secretario, Jorge Antonio Valdez Villanueva y José Guadalupe Curiel como suplentes.
Como punto número 20 del orden de día de la sesión que inició el pasado 14 de diciembre, se puso a consideración la iniciativa enviada por el titular del Poder Ejecutivo, para reformar la Ley Orgánica de dicho poder para crear la Secretaría del Trabajo en el estado de Sonora dentro de la estructura del gobierno estatal, misma que fue leída por el presidente de la Comisión de Asuntos del Trabajo en este Congreso, Dip. Vicente Javier Solís Granados.
De acuerdo al dictamen, se reforman los artículos 22, fracciones IX y X; 30, fracción, apartado A, fracción V y 33; asimismo, se derogan el apartado C y sus fracciones I y II del artículo 23 y la fracción XI del apartado A del artículo 30 y se adiciona la fracción XI al artículo 22, todos de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora.
En el artículo 33, se le asignan a dicha instancia, las facultades y obligaciones, entre otras el diseñar e implementar políticas, programas y acciones que permitan el desarrollo de una cultura laboral que impulse la productividad y la competitividad para el mejoramiento de las condiciones de vida de los trabajadores, así como propiciar las medias de prevención de conflictos laborales, fomentando la armonía y respeto entre los factores de la producción.
Asimismo, vigilar en el ámbito de su competencia, que los centros de trabajo cumplan con las disposiciones que les impone la Ley Federal del Trabajo y sus Reglamentos, aplicando las sanciones que en su caso correspondan en términos de normatividad aplicable.
Conducir y coordinar a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y a través de ésta, representar y asesorar a los trabajadores y a los sindicatos ante cualquier autoridad, resolver sus consultas jurídicas y representarlos en todos los conflictos que se relacionen con la aplicación de las normas de trabajo.
De igual forma, es parte de sus funciones establecer y dirigir el Servicio Estatal de Empleo y vigilar su funcionamiento, promover y llevar a cabo la certificación de competencias laborales, sin perjuicio de las atribuciones que en dicha materia corresponden a la Secretaría de Educación y Cultura; promover la creación de fuentes de empleo mediante el fomento del desarrollo de la industria y del comercio.
Asimismo, se establece que en los casos de las atribuciones de las dependencias, que conforme a este Decreto se transfieran a la Secretaría del Trabajo, la reasignación deberá efectuarse incluyendo los recursos humanos, materiales y financieros que las dependencias hayan utilizado para el ejercicio de las atribuciones de que se trate.
Se establece que las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje como órganos desconcentrados de la Secretaría de Gobierno pasarán a formar parte de la Secretaría del Trabajo con la misma naturaleza jurídica a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, y continuarán sus procedimientos jurídico-laborales y judiciales en las condiciones que lo venían haciendo previo a la vigencia de éste.
Asimismo, la suma de los presupuestos del presente ejercicio asignados a las unidades administrativas que por virtud del presente Decreto se transfieren de la Secretaría de Gobierno y de la Secretaría de Economía a la Secretaría del Trabajo, transitarán a ésta última sin que ello implique erogación de recursos adicionales.
El Ejecutivo del Estado deberá expedir el Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo en un plazo no mayor de diez días, a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.
“2011: Año de Eusebio Francisco Kino” leyenda para toda la papelería oficial
Antes, se aprobó por unanimidad el lema para la papelería oficial de 2011, sugerido originalmente por el Presbítero Jorge Cota Encinas, Rector de la Universidad Kino, a través de un escrito de fecha 7 de octubre de 2010, que fue hecho suyo por los CC. Diputados Oscar Manuel Madero Valencia y José Enrique Reina Lizárraga, dictamen que fue leído por este último.
La justificación para designar el 2011 como año de Eusebio Francisco Kino estriba en que el próximo 15 de marzo se cumplen 300 años de su fallecimiento “un hombre que plantó en esta tierra árida, de etnias trashumantes y guerreras, la semilla de la civilidad, de la organización social, del pacto indispensable entre individuos para buscar una forma de progreso y bienestar”, dice el dictamen.
El padre Eusebio Francisco Kino es una figura fundacional del noroeste, que representan los valores de civilidad y progreso que a lo largo de más de 20 años de labor misionera y colonizadora realizó en la Entidad.
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