miércoles, 6 de febrero de 2013

JUAN JAIME SÁNCHEZ MEZA, DIRECTOR DE CONAGUA

    México, D.F., febrero 06 de 2013.- El hermosillense Juan Jaime Sánchez Meza tomo tomó posesión del cargo de Director General del Registro Público de Derechos de Agua, dependencia de la Comisión Nacional del Agua, Conagua.
      Al asumir el cargo, Sánchez Meza manifestó que pondrá en este cargo toda su experiencia y capacidad para ayudar a lograr los planteamientos de desarrollo nacional que promueven el Presidente Enrique Peña Nieto y el titular de la CNA, David Korenfeld, a quienes agradeció la confianza para llevar adelante esta responsabilidad.
      Como Director General del Registro Público de Derechos de Agua, Juan Jaime Sánchez Meza tendrá a su cargo el control de inscripciones de las concesiones que otorga el Gobierno Federal para usar, explotar y aprovechar las aguas nacionales, tanto en el uso doméstico, comercial e industrial, como para los usos industriales, agrícolas y ganaderos, así como su transmisión, revocación, suspensión y terminación.
      Sánchez Meza tiene reconocida experiencia en la prestación de los servicios públicos de agua en Sonora y otras entidades, así como en instituciones federales, así como en la iniciativa privada.
     Ha compartido su desempeño público y privado en este tema, con una sólida formación académica. Es egresado del Instituto Sonorense de Administración Pública,  El Colegio de Sonora y el Centro de Investigación y Docencia Económica y su tesis de especialidad fue publicada por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México.
     El Registro Público de Derechos de Agua, REPDA,  tiene a su cargo el dar fe pública y publicidad a los actos jurídicos de titulación, prórroga, suspensión, terminación y transmisión de los derechos para explotar, usar o aprovechar las aguas nacionales, así como de los permisos para descargar aguas residuales.
      El carácter “público” del REPDA no depende de que sea un órgano del gobierno, sino porque permite consultar sus registros a cualquier persona  y expedir las certificaciones que sean solicitadas por el público en general.
     Los beneficios de contar con este servicio consisten en que cualquier interesado, y no solo la autoridad, conozcan qué es lo que se registra, quién es el titular de los derechos de agua, dónde están ubicados esos derechos, brinda seguridad jurídica a su titular y, tomando en cuenta los aprovechamientos registrados , permite hacer una adecuada planeación hídrica. 
      Puede decirse que el registro no crea el derecho, sino que para registrarse se requiere que previamente se haya constituido un derecho de agua a través del otorgamiento de una concesión, lo que conviene al acto de registrar en un acto obligado para cualquier persona física o moral que disponga de un derecho en materia de agua

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