miércoles, 9 de marzo de 2016

REFORMA EL CONGRESO DEL ESTADO LA LEY DEL REGISTRO CIVIL PARA EL ESTADO DE SONORA.


Hermosillo, Son., Marzo de 2016.- Para garantizar de mejor manera una adecuada y suficiente prestación de servicios registrales en beneficio de las familias sonorenses, el Congreso del Estado aprobó adicionar la Ley del Registro Civil, lo que permitirá al Poder Ejecutivo estatal ponderar otras características al momento de nombrar oficiales del Registro Civil en la entidad.

Se trata de la adición de los párrafos segundo y tercero al Artículo 20 de la Ley del Registro Civil del Estado de Sonora, relativo a los requisitos para poder ostentar el cargo de Oficial y que posibiliten al nuevo funcionario público subsanar exitosamente la falta de estudios universitarios y práctica profesional.

La lectura del dictamen estuvo a cargo del diputado local por el 19 distrito electoral, Jorge Luis Márquez Cázares, quien a nombre de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, expuso que la falta de servicios registrales por parte del Estado, puede llegar a generar un problema de grandes dimensiones.

Márquez Cázares indicó que, al no contarse con registro de los acontecimientos más importantes en la vida de las personas, éstas serían desconocidas para las autoridades administrativas y judiciales, además de que se verían impedidos para realizar sus funciones adecuadamente, ya que al desconocer el número de nacimientos, matrimonios, divorcios o defunciones de un determinado lugar, no podrían desarrollar políticas públicas o aplicar presupuestos debidamente.

Las adiciones consisten en que la titular del Ejecutivo del Estado podrá dispensar, en los casos que estime necesario, el título profesional al que se refiere la fracción IV del Artículo 20 de la Ley del Registro Civil. Esta iniciativa fue enviada por la Gobernadora del Estado en conjunto con el Secretario de Gobierno.

Además de que, en caso de que se actualice el supuesto de dispensa señalado en el párrafo anterior, el Subsecretario competente en la Secretaría de Gobierno, será el responsable de supervisar y verificar los actos del Oficial del Registro Civil al que se le haya otorgado la dispensa, así como del desempeño del mismo.


No hay comentarios:

Publicar un comentario