Se aplicará una penalidad que va
de 30 a 60 años a quien lo cometa
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| Dip. ShirleyVázquez |
Hermosillo, Son. 13 de noviembre de
2013.- La LX Legislatura dio un gran
paso en su tarea de generar las adecuaciones a la norma penal que rige al Estado
de Sonora, al establecer por unanimidad un derecho largamente exigido por las
mujeres y las agrupaciones ciudadanas, como es la inclusión de la figura
delictiva del feminicidio en los códigos punitivos de Sonora, por el cual se
aplicará a quien lo cometa una penalidad que va de 30 a 60 años de prisión.
Las comisiones unidas de
Justicia y Derechos Humanos, y de Asuntos de Equidad y Género, presentaron la
segunda lectura del dictamen con proyecto de Decreto que reforma y adiciona
diversas disposiciones del Código Penal y del Código de Procedimientos Penales
para el Estado de Sonora, mismo que fue modificado en algunas disposiciones
durante la discusión en lo particular.
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| Dip. Alcira Chang |
En la exposición de motivos del dictamen, los
legisladores establecieron que la conducta que se tipifica, es decir el
feminicidio, lesiona un conjunto de bienes jurídicos que en su totalidad
constituyen el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, cuyo
núcleo de protección fundamental es la dignidad de las mujeres, reconociendo
así un conjunto de prerrogativas que, por su propia naturaleza y por razones de
género, protegen derechos exigibles por éstas.
“Como legisladores debemos generar las
adecuaciones a la norma penal para que el Estado se encuentre en condiciones
legales de investigar y sancionar los crímenes de mujeres, pues de no hacerlo,
se puede generar en la población una percepción de permisividad, incrementando
el ambiente de inseguridad para las mujeres y sentando las bases de la impunidad”,
establece el documento.
Al mismo le dieron lectura
los diputados Hilda Alcira Chang Valenzuela y José Lorenzo Villegas Vázquez,
quienes en mayo pasado presentaron por separado cada uno, iniciativas
encaminadas a tipificar como delito grave al feminicidio en los códigos Penal y
Procesal Penal para el Estado de Sonora.
Tanto los promoventes como los integrantes de
las comisiones sostuvieron diversas reuniones de trabajo con personal del
Instituto Sonorense de la Mujer, coincidiendo con diversos puntos de vital
relevancia para la atención, estudio y análisis, entre éstos, el relativo a que
el homicidio de una mujer, en razón de su género, es la violencia extrema en su
contra.
Igualmente se atendió la
propuesta y comentarios realizados por parte del Presidente del Supremo
Tribunal de Justicia del Estado, para lo cual se integró un solo proyecto de
resolutivo en el que coinciden que los asesinatos cometidos en contra de
mujeres han sido identificados, con suma preocupación, como una de las
manifestaciones extremas de la violencia, aunque con características distintas
relativas a la edad, las relaciones de parentesco o las condiciones
particulares de cada lugar.
La diputada Hilda Alcira Chang
Valenzuela propuso por su parte modificar la redacción del Artículo 263 Bis 3,
con el objeto de que al servidor público que maliciosamente o por negligencia,
retarde o entorpezca la procuración o administración de justicia, se le sancionará
conforme a lo establecido en el Artículo 193 fracción VII del Código Penal para
el Estado de Sonora.


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